Programas de Prevención de Accidentes (PPA)
Se refiere al programa que deberá aprobar la autoridad para la prevención de accidentes y es obligatorio para todas aquellas empresas que realicen actividades altamente riesgosas.
Se considera que un establecimiento realiza una actividad altamente riesgosa cuando maneja cantidades iguales o superiores de una o más sustancias señaladas en el Primer y/o Segundo Listados de Actividades Altamente Riesgosas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 1990 y 4 de mayo de 1992 respectivamente (en el caso de que la misma sustancia se encuentre indicada en ambos Listados, se considerará la cantidad menor).
Identifica aquí las cantidades de reporte.
En Colibrí Soluciones Ambientales elaboramos o actualizamos tu Programa de Prevención de Accidentes (PPA) y gestionamos el trámite ante la ASEA o SEMARNAT. Recuerda que deberás actualizar tu PPA cuando en tu establecimiento se aumente o disminuya la cantidad de alguno de los materiales que la hacen ser actividad altamente riesgosa, o cuando se realicen cambios a los procesos que involucren otros materiales peligrosos diferentes a los manifestados inicialmente, ¡Contáctanos, nosotros te apoyaremos!
